jueves, 4 de septiembre de 2008

Monotributo

Con el fin de simplificar la tributación de los pequeños contribuyentes, la AFIP creo un sistema simplificado llamado “Monotributo”, el mismo está compuesto por una parte impositiva (ingresos brutos, superficie afectada, consumo de energía) y una provisional (obra social y jubilación).

El objetivo del Monotributo es la integración del contribuyente al sistema tributario y provisional, evitando de esa manera la economía informal, contando con una obra social y una jubilación.

La obligación de pago es mensual, se efectuará hasta el día 7 del correspondiente mes. Por ejemplo el 7 de enero vence el período de enero. En caso de ser feriado o inhábil (sábado o domingo) el vencimiento se pasará al primer día hábil siguiente.

¿Quiénes pueden ser Monotributistas?
· Las personas físicas que realicen: ventas de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios.
· Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la Persona Física.
· Integrantes de cooperativas de trabajo.
· Sociedades de Hecho e Irregulares (máximo de 3 (tres) socios).

Requisitos:
· Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $72.000.- por locaciones y/o prestaciones de servicios.
· Haber obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos que no superen los $144.000.- por el resto de las actividades.
· Que el precio unitario de venta de cosas muebles no supere los $870.
· Que no realicen importaciones de cosas muebles y/o servicios.

¿Quiénes no pueden ser Monotributistas?
· Integrantes de sociedades no comprendidas en el Régimen (S.A., SRL, Soc. Colectivas, etc), o comprendida (Sociedad de Hecho o Irregular) y no adherida al mismo.
· Sujetos que se desempeñen en la dirección, administración o conducción de dichas sociedades, sin perjuicio de poder adherirse al Monotributo por otra actividad.
· Sujetos que realicen más de tres (3) actividades simultáneas o posean más de tres (3) unidades de explotación.

Una vez reunidos los requisitos para poder ser monotributistas debemos definir en que categoría debemos encuadrarnos, en los próximos días voy a continuar analizando ésta modalidad impositiva, la cual es una de las principales categorías utilizadas por los emprendedores Argentinos al comenzar sus proyectos.

Fuente:
www.afip.gov.ar

No hay comentarios: